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miércoles, 31 de diciembre de 2008

La duración de los derechos de Propiedad Intelectual

O porqué Popeye no entra en Dominio Público mañana.

Publica el diario ABC que los derechos de autor del personaje de Popeye serán de libre utilización en Europa a partir de mañana.

Afirma el diario, que los derechos de autor finalizan a los 70 años tras la muerte del autor. Pero como ya se ha comentado en varias ocasiones, ello sólo es así en España (al menos) para los autores fallecidos con anterioridad a 1987.

Veamos lo que dice la Ley de Propiedad Intelectual.

Artículo 26:

"Los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y setenta años después de su muerte o declaración de fallecimiento."

Efectivamente, si el creador falleció en 1938, sus derechos de explotación finalizan, pero no necesariamente el 1 de enero, sino a los 70 años, es decir que si falleció el 13 de octubre, los mismos ya podrían utilizarse.

Pero esto no es así, ya que la ley hay que leersela desde la Exposición de Motivos hasta el final.

De tal modo que en la Disposición Transitoria Cuarta, se establece que para los autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987, los derechos durarán lo que se establecía en la ley de 1879, esto es 80 años tras la muerte del autor, artículo 6.

Aunque uno se empeña en recordarlo, son habituales los errores de este tipo que se cometen, pero más grave es que un medio tan importante y con una dilatada historia comete este error.

Lo que si es seguro es que en 2009, entrarán en Dominio Público las obras de, entre otros:

Enrique de Mesa, poeta de la generación del 98.

Antoine Bourdelle, escultor francés.

Secundino Esnaola, músico.

Y el propio creador del Diario ABC, Don Torcuato Luca de Tena.

Así que tengan cuidado si les dicen que pueden usar a Popeye por estar en Dominio Público, puede que no sea así.

Sobre el titular de un marino al margen de la ley, mejor o hablar demasiado, porque este personaje seguiría dentro de la ley, entre en Dominio Público o no. Lo que delata la frase es la mentalidad tan contraria al Dominio Público existente en gran parte de los medios. Si no hay derechos de explotación no pasa nada, ese es el objetivo último de la propiedad intelectual.

5 comentarios:

  1. David, perdona que copie y pegue aquí una respuesta a Uberum en mi blog sobre tu post, pero es que repetiría exactamente lo mismo. Puedo estar equivocado, pero yo lo veo así:

    "@uberum: en el post no hablamos exclusivamente de España, sino de Europa en su conjunto, entendida ésta como la Unión Europea. Y en la Unión Europea, tal como dicta la Directiva de Copyright de la UE de 1993, traspuesta ya por 23 países, entre ellos España, en su artículo 1:

    ” 1. Los derechos de autor sobre obras literarias y artísticas a que se refiere el artículo 2 del Convenio de Berna se extenderán durante la vida del autor y setenta años después de su muerte, independientemente de la fecha en la que la obra haya sido lícitamente hecha accesible al público. “.

    Como digo, España ha traspuesto ya la directiva, por lo que todo parece indicar que hay un grave desajuste en la legislación que, o mucho me equivoco, o acabará inclinándose del lado de la UE. De tal modo que, exceptuando la excepción española, no podríamos afirmar que los derechos de imagen sobre Popeye no cesen este año, sino más bien lo contrario.

    Como verás también, la noticia no ha sido sacada de ABC, aunque lo enlace para ilustrar las ganancias por los derechos del cómic, sino de Slashdot. Vamos, que no es un error del periódico español como afirma David, sino que es una noticia de alcance internacional".

    Un saludo.

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  2. Hola ¿que tal? interesante blog, mil felicidades, me llamo mucho la atención el articulo sobre Popeye, parece mentira los errores que podemos cometer, incluso son innumerables a la hora de interpretar la ley. Éxitos.

    Daniela Hernández Camarán

    http://danielahernandezcamaran.blogspot.com

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  3. Ojo, no sólo en las leyes está todo. Hay otros instrumentos legales. Y en este caso, además del Convenio de Berna (art 7.1) está el intercambio de notas entre España y Estados Unidos de 1898 y la proclama Rooselvelt (Teddy) de 1905, que reconocen trato nacional a los titulares de derechos de propiedad intelectual.
    De lo que resulta que Popeye sigue estando protegido en España hasta el día 1º de Enero de 2019, es decir 80 años desde la muerte de su autor.

    El problema está no en los derechos de autor, sino en los del editor (publisher) que habría que discutir si duran hasta 2023 o no. Ex Sony Bono Act, también conocida como Mickey Mouse Act, de los USA, el plazo de protección es de 95 años. Y en España el editor no tiene derecho conexo.¿Cual se aplica? Para nota.

    Lo cual es posible porque el propio art. 7.2 de la directiva de 1993 deja fuera de la armonización las obligaciones ("sin perjucio" dice literalmente) derivadas de intrumentos internacionales suscritos por los Estados Miembros.

    Item más, los plazos ex art 30 del TRLPi español se cuentan a partir del 1º de enero siguiente al fallecimiento. Y lo mismo dice la directiva.

    La polémica está abierta pero ¡ojo! que la duración y el dominio público son dos materias muy muy conplejas.

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  4. Habría que ver hasta qué punto muchas de las canciones que se registran dberían poder registrarse, ya que son, siendo generoso, demasiado parecidas a otras. Sobre todo con la música pop, pero bueno...

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  5. Hola soy estudiante de derecho en La Universidad de La Habana, Cuba y estoy haciendo mi trabajo de curso sobre ¨La duracion de la propiedad intelectual y las obras en dominio publico, especificamente las de dominio publico anticipado¨ agradeceria que me ayudaran con con material de diferentes paises para un analisis comparativo por favor escribirme a: raudeljimenez@lex.uh.cu

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